viernes, mayo 18, 2007

Algunos aportes sobre la bicameralidad o unicameralidad del parlamento



¿Dos cámaras o una?

Ese debate ha sido uno de los más largos y apasionados en la historia del Derecho moderno.
Allí donde el ingenio de Sieyes decía:

“Si las dos cámaras están de acuerdo, la segunda cámara es innecesaria, si está en desacuerdo, ella es detestable”[1]

El talento de Finer respondía:


“Si las dos cámaras están de acuerdo, es mucho mejor para nuestra creencia en la sabiduría y la justicia del Derecho, si están en desacuerdo, es tiempo de que el pueblo reconsidere su actitud”[2]



Precisamente, hace varios años, cuando era un jovencito de 60 kilos y figura atlética (lo último es una exageración literaria no literal) hice un pequeño estudio sobre el tema.

En este brevísimo post comparto pareceres de tres destacados juristas, y así brindamos algo de material “especializado”, a la discusión iniciada por el Blog del Jomra; y seguida por El Útero de Marita, (*) Entre Portadas , Pretextos a partir de la aprobación del retorno del Senado por parte de la Comisión de Constitución del Congreso.

Si alguien quisiera informarse sobre el tema, el libro de Linares Quintana titulado “Tratado de la Ciencia del Derecho Constitucional”, en su tomo VIII contiene una colección de las distintas posiciones y argumentos sobre unicameralidad y la bicameralidad. Así que para ir entrando en calor comencemos con una cita del mismo Linares:


“Se dice que el sistema unicameral representa la apoteosis de la precipitación y la audacia democráticas. Y necesitamos poner un freno a la rueda. Necesitamos poner un freno a la rueda. Necesitamos un mecanismo que retarde los impulsos un poco bruscos de un organismo recién nacido de su contacto con el electorado y ambicioso, en su inexperiencia, para correr la suerte de cualquier tendencia innovadora.
Con la existencia de la segunda cámara se provee exáctamente a la solicitud esa garantía; y es digno de notar que, prácticamente todos los Estados de alguna importancia hayan adoptado el sistema bicameral”[3]


Se puede apreciar en el pensamiento de este autor su tendencia al bicameralismo. Y los dos fundamentos de su posición:


  1. La segunda cámara ofrece una garantía de control “reflexivo” a los acuerdos de los diputados. No estoy muy enterado sobre la edad de Abugattaz, pero si estuviera en edad de entrar al senado, sería un sólido argumento en contra.

  2. Todos los Estados de “alguna importancia” tienen un sistema bicameral. Me parece que este argumento es una falacia. No hay un estudio que confirme la relación entre auge económico y bicameralidad.

Particularmente me inclino hacia aquellos juristas que sostienen que la bicameralidad debe estar sustentada en una causa objetiva y política. Históricamente, la existencia de dos cámaras, estaba asociada a la distinción de clases o a la división funcional del cuerpo electoral. Ejemplo: La Cámara de los Lores y de los Comunes, o los Estados Federados.

En el Perú, la situación se hace un poco más complicada, porque carece de ambas justificaciones. Mirando un poco más lejos, cabría preguntarse si las dos justificaciones mencionadas son las únicas. La pregunta resulta válida, si tomamos en cuenta que, si bien no somos un Estado federado o una nación oficialmente aristocrática, las distinciones de edades y la inclusión de los ex presidentes en el senado (al estilo Constitución del 79) podrían ofrecer un control a los planteamientos extremistas y aventureros, al estilo Canchaya, Casquino, Menchola, Fujimori y demás etcéteras.

En contra del bicameralismo, podemos escuchar a Cavalcanti argumentar lo siguiente:



“Las razones que justifican la creación del bicameralismo han desaparecido, no dmite la superviviencia dl sistema con el propósito de dividir y debilitar el poder legislativo, ya que en la generalidad de los países el poder judicial lo controla, eliminando así el peligro de los abusos” [4]



El planteamiento de este jurista me parece interesante, porque nos sugiere una visión más integrada del problema. La eficacia del gobierno y el control constitucional depende de una visión integral que incluya el Poder Judicial. Con el estado en que se encuentra la magistratura, la existencia de una o tres cámaras podría no hacer gran diferencia. Mucho más incisivo en su oposición al bicameralismo, Bernareggi, plantea lo siguiente:


“No puede encontrarse una justificación a la existencia de dos cámaras en los Estados no federales, desde que las dos cámaras son expresión de una idéntica manifestación de la voluntad popular, siendo elegido por el mismo cuerpo electoral” [5]

Como vemos, el debate está vigente y se actualiza cada vez que un Estado decide modificar su estructura constitucional.

Roberto Pável
Jáuregui Zavaleta


(*) No fue posible hacer un link al blog “Desde el tercer piso” debido a que no tiene habilitada la opción de links a entradas específicas. Pero el día 16 de Mayo se publicó un extenso e intenso artículo sobre el tema.

[1] Linares Quintana; Tratado de la Ciencia del Derecho Constitucional; Bs. As.; Ed. Alfa, Tomo VIII; 1963, p.74

[2] Loc. Cit
[3] Loc. Cit
[4] Op. Cit. Pp. 76,77
[5] Loc. Cit




2 comentarios:

Ernesto dijo...

Interesante las citas, por lo que corresponderia preguntarse si hubiera un Senado... cuales serian sus criteros de exigencia para entrar ahi? Recordemos que en la Constitucion del 79 el filtro era la edad: 25 años para los diputados y 35 para los senadores.

Los filtros de edad tienen una importancia relativa, pero habria que mirar algun otro criterio mas objetivo, fijate lo que ha pasado con la Corte Suprema antes se exigia tener una edad de 50 años, ahora se la ha bajado a 45 pero se tiene la exigencia de: "Haber sido magistrado de la Corte Superior o Fiscal Superior durante diez años, o haber ejercido la abogacía o la cátedra universitaria en materia jurídica durante quince años." (aunque antes se pedia 20 años de esta ultima).

Siendo entonces que la edad no es un criterio unico como filtro que queda entonces? podria exigirse entonces filtros como:
- Ejercicio profesional (titulado) de al menos x años?
- Desempeño de la funcion publica (elegida o designada) de el menos y años?

A efectos practicos filtros como el que te digo podrian lograr el efecto deseado de que esta camara sea de revision y de mas "alto nivel", pero se arguiria de que es algo poco democratico, situacion sin salida, no?

He estado dejando pedazos de mi opinion sobre el tema en varios blogs... upss, pero en el mio me he centrado especificamente en el tema de la duracion de los procesos electorales, igual te interesa darle un vistazo.

Y este.... Godoy si tiene los enlaces habilitados, si no me equivoco el que te interesa es este

Pável Jáuregui dijo...

Hola Ernesto, disculpa por la demora, pero por cuestiones de sanidad mental e índole religioso había decidido no entrar al blog en días domingo. Jejee

El tema de los filtros es un asunto espinoso. El filtro curricular por ejemplo, no necesariamente nos garantiza sentido común y honestidad. También existen delincuentes de cuello blanco, y también tenemos otorongos hambrientos en los partidos de democracia o socialismo "cristiano"... Canchaya y Menchola, son un par de argumentos para tener en cuenta.
Desde una perspectiva las elecciones involucran riesgo, realmente no sabes lo que estás eligiendo, sobre todo cuando quedas expuesto a la publicidad política durante periodos electorales tan largos, como mencionas en tu post.
La edad... en ciertos contextos podrían hacer una diferencia entre acción y reacción: los jóvenes, usualmente, son capaces de cosas locas, pero una diferencia entre 25 y 35 años no tiene ninguna diferencia.
Una opción podría ser elevar la edad para entrar en el senado a 45 o 50 años, añadiendo requisitos adicionales como títulos profesionales, estudios, experiencia en cargos públicos, trabajo social, comercial, etc, etc, de modo que la decisión de los asuntos tuviera la garantía de dos segmentos y dos visiones del Perú... sin embargo esto también es una simple ocurrencia.
Más aun cuando sabes que en el Perú, hay una ingenua cultura de esperanza radical a lo Chávez;lo que no asegura que aun teniendo mil previsiones, la segunda cámara sea más "reflexiva" que la primera.
Tal vez, lo más rescatable de ambas cámaras es que permite un debate legal más prolongado, de modo que los partidos políticos puedan, según las reacciones del electorado a sus decisiones en la cámara de diputados, tomar decisiones más sensatas...

Saludos

Pável

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