El modo en que se introdujeron las AFP al Perú en el gobierno de Fujimori resultó burdo e inmoral. Su crecimiento se debió a una campaña publicitaria engañosa (la misma que, en gran medida perdura hasta la fecha). La norma que establezca la desafiliación era una necesidad de justicia.
Sin embargo, gran parte del régimen que sustenta el modo de contratación de las AFP se sustenta en la transgresión de derechos constitucionales de los ciudadanos. Por ejemplo temas como el de libertad de contratación quedan aquí seriamente comprometidos:
Si tengo libertad de salir del sistema nacional ¿porqué no tener libertad de hacer el viaje inverso? Sobre todo si tomamos en cuenta que en una economía libre de mercado, lo que debe determinar la toma de caulquier servicio no es la imposición del Estado sino las leyes de la oferta y la demanda, en función de la calidad de las prestaciones que se van a realizar.
La afiliación a las AFP se sustenta en un mecanismo de distribución de contratos que no ofrece ninguna garantía para quienes escogen ese régimen. La única información que reciben los que toman el servicio es la que se presenta mediante la publicidad; la misma, que por definición tiende a exagerar. Nunca se le dice a la gente que sus pensiones solamente serán pagadas hasta que lo soporte su fondo individual. He verificado muchos pensionistas de AFP que una vez jubilados, han estado muy lejos de vivir la tranquilidad que se ve en las propagandas de la televisión, sino que se han chocado con la cruda realidad de ser ancianos, sin trabajo y sin pensión.
La cuestión de la renta vitalicia es otro "engaña muchachos" de las AFP, ya que se requiere que una compañía de seguros acepte pagarla bajo la garantía del fondo de aportaciones. Por la misma naturaleza de los contratos de seguro (aleatorios); por las exigencias de seguridad en cuanto a la toma de riesgos establecida por la SBS, y por la simple lógica comercial que te dice que no hagas un negocio en el que no vas a ganar nada; a la fecha no he conocido un solo caso de que una compañía de seguros haya accedido a dar una renta de por vida a un jubilado.
En realidad, ante la presión y desinformación en cuanto al Sistema Privado de Pensiones, la gran mayoría de esos contratos deberían ser anulables, por vicios de voluntad; ya que de manera sistemática el gobierno y las AFP han inducido a error a sus propios afiliados. Al respecto, el artículo 201º del C.C. prescribe que "El error es causa de anulación del acto jurídico cuando sea esencial y conocible por la otra parte" y el 202º inc 1 aclara que "El error es esencial cunado recae sobre la propia esencia o una cualidad del objeto del acto que, de acuerdo a la apreciación general o en relación a las circunstancias, debe considerarse determinante de voluntad". En otras palabras, si a una persona se le ofrece un contrato de afiliación de AFP y no se le explica que es muy probable que su pensión solamente cubra hasta dos, tres o cinco años contados desde su otorgamiento; sino que por el contrario, se le induce mediante falacias a creer que este sistema resulta más ventajoso que el otro, se le estaría haciendo caer en un error malicioso. Lo grave del asunto, es que este método ha sido auspiciado, tolerado y respaldado por el propio Estado. Esta forma de hacer comercio viola también el principio de liberal, ya que el ejercicio de la libertad requiere conocimiento pleno y responsabilidad acerca de la contratación.
La ley no contempla el caso (numeroso por cierto) de aquellos que fueron afiliados por sus padres siendo menores de edad, cuando aun no eran trabajadores (ya que varias AFP obtaron por este método comercial de asegurarse clientes); y que ahora se saben condenados a tener la misión imposible de alcanzar ingresos por encima de los que paga nuestro mercado laboral o morir dentro de los cinco años siguientes a la jubilación. En esto último podría estar la solución para las AFP, implementar la Eutanasia, así sus pensiones perdurarían hasta la muerte del jubilado.
La contradicción más interesante es que, según la nota del Comercio ciertos pensionistas podrían solicitar pensiones complementarias cuando perciban conceptos inferiores al SNP. ¿Es posible entonces que un afiliado a una AFP perciba pensiones inferiores? Bueno, eso no sale en las propagandas y, en todo caso, demuestra que el Sistema Privado de Pensiones tiene deficiencias que deben ser analizadas a profundidad desde la perspectiva de los derechos fundamentales de la persona, la libertad de contratar y la realidad económica.
En general, en el asunto de las AFP se advierte una inusitada restricción de la libertad de contratar, lo que es una negación de nuestro pretendido modelo económico y político liberal. Con lo que se demuestra que ciertos sectores del empresariado y del gobierno son "liberales" cuando les conviene...
Me pregunto si estaremos frente al descubrimiento de una nueva especie en la fauna política; la de la "derecha caviar"
Roberto Pável
Jáuregui Zavaleta
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4 comentarios:
NO SOY PARTIDARIO DEL SISTEMA DE AFP'S PERO LOS BANCOS EN EL MERCADO ACTUALMENTE EN EL MERCADO SE PELEAN POR BRINDARTE UNA RENTA VITALICIA CUANDO TU FONDO ES MEDIANAMENTE INTERSANTE.
Y SI ES VERDAD QUE HAY PENSIONES DE LAS AFP'S QUE SON MENORES QUE EL MINIMO, ASI COMO TAMBIEN EN LA ONP HAY PENSIONES QUE SON POR DEBAJO DEL MINIMO, POR ELLO ES EL FONDO PREVISONAL DEL ESTADO PARA SUBSIDIAR ESTE TIPO DE CASOS, A FIN DE DARLES PORLO MENO UNA PENSION QUE SE SEMEJE CON EL SUELDO MINIMO.
soy silvia y quiciera saber como hago para recuperar el aporte que hice ala afp prima yo estoy decenpleada hace 2 años y medio y quiciera la debulucion de mi aporte porque lo necesito ahora que estoy decenplada por que estoy pasando una necesidad muy grande tengo dos chicos en etapa de estudio y notengo trabajo el aporte que tengo es poco pero sime debuelben me ba servir de algo derepente para poner un negocio
ola soy patricia, quisiera saber si hay una ley exactamente para desafiliarme de la afp prima ya que nunca supe que estaba afiliada hasta que recien entre en planilla y em di con la ingrata sorpresa.Porfavor espero tu respuesta poruqe si es posible puedo apelar a una anulacion con un abogado
Si no has firmado el contrato de afiliación entonces puedes anular la relación. Busca un abogado y solicita a la AFP que te muestren el contrato firmado por ti.
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