miércoles, marzo 11, 2009

Calcular horas extras: ejemplo práctico desarrollado

En el Perú, la jornada ordinaria de trabajo para varones y mujeres mayores de edad es de ocho (8) horas diarias o cuarenta y ocho (48) horas semanales como máximo. El tiempo trabajado que exceda a la jornada diaria o semanal se considera sobretiempo y se abona con un recargo a convenir, que para las dos primeras horas no podrá ser inferior al veinticinco por ciento (25%) por hora calculado sobre la remuneración percibida por el trabajador en función del valor hora correspondiente y treinta y cinco por ciento (35%) para las horas restantes.
Eso quiere decir que si una persona ha laborado en una semana ordinaria 14 horas el día lunes, sin que el exceso haya sido objeto de sustitución o prorrateo durante la semana, tendremos que se habrán realizado 6 horas extras.
Para calcularlas seguiremos los siguientes pasos:
  1. Establecer la remuneración computable:
La remuneración computable es aquella que sirve de base de cálculo para un determinado concepto, en base a criterios legales preestablecidos. En el caso de las horas extras, el criterio para determinar la remuneración computable es el de las remuneraciones fijas. De modo que resulta computable toda cantidad remunerativa que sea FIJA y de periodicidad mensual, semanal o quincenal.
No se incluyen las remuneraciones variables o de naturaleza imprecisa, por lo que si el trabajador recibe en su boleta los siguientes conceptos:
Básico: S/. 700.00
Asignación Familiar: S/. 55.00
Comisiones: S/. 440.00 (variable)
De esto tendríamos que si bien en lo boleta su remuneración puede ascender a: S/.1195.00 (suma de básico, asignación familiar y comisiones), solamente podríamos considerar computable la parte fija de esa boleta, es decir: el Básico y la Asignación Familiar.
S/.700.00 + S/.55.00 = S/.755.00 = Remuneración Computable
  1. Establecer el valor de las horas extras.
Como se había mencionado arriba:
“El tiempo trabajado que exceda a la jornada diaria o semanal se considera sobretiempo y se abona con un recargo a convenir, que para las dos primeras horas no podrá ser inferior al veinticinco por ciento (25%) por hora calculado sobre la remuneración percibida por el trabajador en función del valor hora correspondiente y treinta y cinco por ciento (35%) para las horas restantes”
Por lo que necesitamos, en primer lugar determinar el valor de la hora ordinaria. Si el trabajador tiene remuneraciones semanales el valor de la hora se obtiene de la siguiente manera:
RC/ 56 = Valor Hora (VH)
Donde:
RC = Remuneración Computable
Si el trabajador tiene remuneraciones quincenales, el valor hora se obtiene de la siguiente manera:
RC/126 = Valor Hora (VH)
Donde:
RC = Remuneración Computable
Si el trabajador tiene remuneraciones mensuales, el valor hora se obtiene de la siguiente manera:
RC/240 = Valor Hora (VH)
Donde:
RC = Remuneración Computable
Una vez obtenido el valor hora (VH) debemos calcular el valor de las dos clases de horas extras, ya que las horas extras no se pagan de la misma manera: Las dos primeras (H+25%) tienen un costo adicional de 25%, y a partir de la tercera hora extra (H+35%) tiene un costo adicional del 35%.
Para obtener el valor de la hora ordinaria con recargo del 25% multiplicaremos el valor hora (VH) por 1.25; y para obtener el valor de la hora ordinaria con recargo del 35%, multiplicaremos el valor hora (VH) por 1.35.
(VH) x 1.25 = H+25%
(VH) x 1.35 = H + 35%
Donde:
(VH) = Valor hora ordinaria
H+25% = Valor de hora extra con 25%
H+35%= Valor de hora extra con 35%
Volviendo a nuestro ejemplo, si tenemos una remuneración computable de S/.755.00, y asumimos que su remuneración es mensual. Entonces obtendremos el valor hora de la siguiente manera:
755/240 = S/.3.15 (VH)
El valor de las horas extras se obtendrían de la siguiente manera:
S/.3.15 x 1.25 = S/.3.93 (H+25%)
S/.3.15 x 1.35 = S/.4.25 (H+35%)
  1. Clasificar el tiempo
Del mismo modo que establecemos dos rangos de valores para las horas extras (las dos primeras con un recargo de 25% y las demás, con un recargo del 35%) necesitamos establecer dos clases de tiempo.
En el caso planteado, nuestro trabajador había hecho 6 horas extras. De modo que tendremos que las dos primeras horas (02 horas) se les recargará 25% y las cuatro restantes (04 horas) tendrán el recargo de 35%.
  1. Multiplicar tiempo por remuneración
Con todos los datos sobre la mesa podemos calcular el valor de las horas extras, multiplicando los dos grupos de horas por los valores correspondientes, de la siguiente manera:
(Las dos primeras horas) x (H+25%) = Horas Extras
(De la tercera hora en adelante) x (H+35%) = Horas Extras
En el ejemplo planteado tenemos:
2 horas x S/.3.93 = S/. 7.86
4 horas x S/.4.25 = S/.16.99
TOTAL Horas Extras = S/. 24.85
La información dada en este artículo tiene un carácter general, cada caso concreto debe ser examinado por un abogado a fin de tener una respuesta precisa a su problema; si tiene alguna duda o problema relacionado no dude en ponerse en contacto con nosotros, escribiendo a administrador@documentosysoluciones.com para concertar una cita en nuestras oficinas de Trujillo.
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Fotografía via stock.xchng

15 comentarios:

Anónimo dijo...

Estimados Señores: Muy bien explicado su caso de remuneración de las horas extras.

Como debería tratarse la remuneración de un Portero/Vigilante que labora en turnos rotativos de 7am a 7pm (12 horas) y otro que trabaja de 7pm a 7am. Una semana trabaja uno en el turno de la noche y otra semana en el turno del día.

Gracias,
Condomini

Pável Jáuregui dijo...

Por el presente momento los servicios de vigilancia, custodia o semejantes no generan obligación de pago de horas extras... no nos parece justo pero la ley laboral hace esa distinción.

GROVERTHINO dijo...

TODO CORECTO PERO TAMBIEN SE INCLUYE EL 9% DE APORTE AL ESSALUD COMO REMUNERACION COMPUTABLE?? O NO SE CONSIDERA PARA CALCULO DE HORAS EXTRAS

Pável Jáuregui dijo...

No, el concepto no es remunerativo, sino una contribución del empleador, tiene por tanto, connotación tributaria no laboral

Saludos

Anónimo dijo...

señores una consulta, como se calcularia las horas extras nocturnas, y a partir de que hora hasta que hora rigue

Anónimo dijo...

gracias me sirvio la informacion

Anónimo dijo...

gracias me sirvio la informacion

Anónimo dijo...

DISCULPA PUEDES INDICAR QUE NORMA LEGAL Y EN QUE ARTICULO, ESTA ESTABLECIDO ELLO, POR QUE TENGO UN CLIENTE QUE ES UN EDIFICIO, Y TENEMOS TRABAJADORES EN ESA SITUACION

Anónimo dijo...

Tengo que calcular las horas extra de un horario atípico 12 horas de trabajo 20 días por 10 de descanso Rem base 3200 asig fam 75, agradecería la ayuda

lu15ange7 dijo...

Buen aporte gracias 👍😸

Unknown dijo...

como aser cuando las
horas extras son 2:20minutos

MUÑECA dijo...

buenos dias si tien 3 horas y media de hora extr los 30 minutos como se calculan?

Unknown dijo...

trabajo doce horas pero una hora la dedico a el refrigerio total horas trabajadas serian 11 si gano el sueldo basico y tengo asignacion familiar fija cuanto deberia ganar realmente mensualmente

Unknown dijo...

Buenas tardes, trabajo para una empresa de vigilancia. Y mi básico es de 850. Se trabaja 12 horas diarias con un día de descanso. Hay meses que nos toca estar de día y hay meses que nos toca estar de noche. Los feriados también trabajamos. Por favor me puede sacar lo que me debería de tocar el mes de agosto que se trabajo 29,30 y 31 turno noche. El turno comienza a las 19horas y termina a las 7am

Pável Jáuregui dijo...

Estimado Luis Alberto, en el mes de agosto se trabajaron todos los días o tuviste días de descanso semanal. ¿Qué días tuviste libre?

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